Deducció d'IRPF de les aportacions a la Mutualidad (RDL 13/2022)
El consultante desarrolla una actividad profesional como
abogado por cuenta propia y realiza aportaciones a la Mutualidad de la Abogacía
desde 1992, mutualidad de previsión social que actúa como alternativa al RETA
de la SS, sólo para la actividad de la abogacía. Desde el año 2008 ejerce como
administrador de fincas y, para tal actividad, está dado de alta en el RETA.
Además, desde el 1/1/22 es administrador de una SL y, como tal, también está
dado de alta en el RETA : posibilidad de deducir como gasto en su declaración
de IRPF-2023, las aportaciones a la Mutualidad de la Abogacía y las cuotas
satisfechas al RETA, teniendo en cuenta el nuevo sistema de cotización para los
autónomos introducido a partir de 1 de enero de 2023 por el Real Decreto-ley
13/2022 .
Consulta vinculant V0250-24, de 29 de
febrer de 2024