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Autor Clara Isabel Cordero Álvarez |
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Delimitación de la residencia habitual como principal criterio de competencia en el derecho europeo de familia y normas de aplicación en defecto de Estado miembro competente ante la reciente doctrina del TJUE (desde un posible foro de la nacionalidad del demandado encubierto a supuestos claudicantes) / Clara Isabel Cordero Álvarez in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT), vol. 15, núm. 1 (2023)
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Títol : Delimitación de la residencia habitual como principal criterio de competencia en el derecho europeo de familia y normas de aplicación en defecto de Estado miembro competente ante la reciente doctrina del TJUE (desde un posible foro de la nacionalidad del demandado encubierto a supuestos claudicantes) Tipus de document : document electrònic Autors : Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor Data de publicació : 2023 títols uniformes : Europa. Reglamento relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (2009/4) Article a la pàgina : 21 p. Matèries : Competència judicial internacional
Divorci:Legislació
Divorci:Procediment contenciós
Dret de família
Dret internacional privat
Tribunal de Justicia de la Unió EuropeaClassificació : 341.51 Qüestions generals de dret internacional privat Resum : El Tribunal de Justicia ha dictado recientemente una resolución con significativas consecuencias prácticas en el ámbito del Derecho europeo de familia, si bien las valoraciones sobre ésta son muy distintas en función de las cuestiones resueltas por el sentido del fallo. Son dos grandes cuestiones, vinculadas ambas al sector de la competencia judicial internacional, las que pueden extraerse de la sentencia de 1 de agosto de 2022 (C-501/20, MPA vs. LCDNMT), ambas merecedoras de un análisis en profundidad por diferentes razones. Por un lado, el Tribunal precisa los elementos pertinentes para determinar la residencia habitual de las partes en materia de divorcio (crisis matrimonial), responsabilidad parental y obligaciones de alimentos, como criterio fundamental de competencia en virtud de los Reglamentos Bruselas II y Bruselas III, completando la doctrina ya vigente y adaptándola al litigio principal. Habida cuenta que ninguno de estos instrumentos europeos recoge definición alguna al respecto, esta aportación resulta determinante para localizar la autoridades competentes en un caso como el de referencia, en el que concurre la condición de agentes de la UE de los cónyuges y se platea la eventual inmunidad diplomática y su incidencia en esta cuestión. Por otro lado, se especifica las condiciones en las que un tribunal de un Estado miembro de la UE, ante el que se haya presentado la demanda, puede establecer su competencia para pronunciarse en materia de divorcio, responsabilidad parental y obligación de alimentos cuando, en principio, no resulte competente ningún Estado miembro, cuando los implicados ostenten la nacionalidad de distintos Estados miembros pero tengan residencia fuera de la Unión, en función de las reglas de competencia residual o forum necessitatis previstas en el instrumento europeo aplicable. La interpretación -restringida- que en particular se realiza de la regla de competencia residual en materia matrimonial en el ámbito del Reglamento Bruselas II, resulta especialmente controvertida, en la medida que abre la puerta a un potencial foro de la nacionalidad del demandado así como a posibles supuestos claudicantes, por denegación de justicia, cuando del Derecho nacional de competencia no prevea este tipo de criterios de conexión. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/7540/5900 Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10724
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 15, núm. 1 (2023) . - 21 p.[article] Delimitación de la residencia habitual como principal criterio de competencia en el derecho europeo de familia y normas de aplicación en defecto de Estado miembro competente ante la reciente doctrina del TJUE (desde un posible foro de la nacionalidad del demandado encubierto a supuestos claudicantes) [document electrònic] / Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor . - 2023 . - 21 p.
Oeuvre : Europa. Reglamento relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (2009/4)
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 15, núm. 1 (2023) . - 21 p.
Matèries : Competència judicial internacional
Divorci:Legislació
Divorci:Procediment contenciós
Dret de família
Dret internacional privat
Tribunal de Justicia de la Unió EuropeaClassificació : 341.51 Qüestions generals de dret internacional privat Resum : El Tribunal de Justicia ha dictado recientemente una resolución con significativas consecuencias prácticas en el ámbito del Derecho europeo de familia, si bien las valoraciones sobre ésta son muy distintas en función de las cuestiones resueltas por el sentido del fallo. Son dos grandes cuestiones, vinculadas ambas al sector de la competencia judicial internacional, las que pueden extraerse de la sentencia de 1 de agosto de 2022 (C-501/20, MPA vs. LCDNMT), ambas merecedoras de un análisis en profundidad por diferentes razones. Por un lado, el Tribunal precisa los elementos pertinentes para determinar la residencia habitual de las partes en materia de divorcio (crisis matrimonial), responsabilidad parental y obligaciones de alimentos, como criterio fundamental de competencia en virtud de los Reglamentos Bruselas II y Bruselas III, completando la doctrina ya vigente y adaptándola al litigio principal. Habida cuenta que ninguno de estos instrumentos europeos recoge definición alguna al respecto, esta aportación resulta determinante para localizar la autoridades competentes en un caso como el de referencia, en el que concurre la condición de agentes de la UE de los cónyuges y se platea la eventual inmunidad diplomática y su incidencia en esta cuestión. Por otro lado, se especifica las condiciones en las que un tribunal de un Estado miembro de la UE, ante el que se haya presentado la demanda, puede establecer su competencia para pronunciarse en materia de divorcio, responsabilidad parental y obligación de alimentos cuando, en principio, no resulte competente ningún Estado miembro, cuando los implicados ostenten la nacionalidad de distintos Estados miembros pero tengan residencia fuera de la Unión, en función de las reglas de competencia residual o forum necessitatis previstas en el instrumento europeo aplicable. La interpretación -restringida- que en particular se realiza de la regla de competencia residual en materia matrimonial en el ámbito del Reglamento Bruselas II, resulta especialmente controvertida, en la medida que abre la puerta a un potencial foro de la nacionalidad del demandado así como a posibles supuestos claudicantes, por denegación de justicia, cuando del Derecho nacional de competencia no prevea este tipo de criterios de conexión. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/7540/5900 Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10724 Incidencia de las normas imperativas en los contratos internacionales: especial referencia a las normas de terceros estados desde una aproximación europea / Clara Isabel Cordero Álvarez in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT), vol. 9, núm. 2 (2017)
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Títol : Incidencia de las normas imperativas en los contratos internacionales: especial referencia a las normas de terceros estados desde una aproximación europea Tipus de document : document electrònic Autors : Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor Data de publicació : 2017 títols uniformes : Europa. Reglamento sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) (593/2008)
Europa. Reglamento relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II) (864/2007)Article a la pàgina : p. 174-193 Matèries : Contractes mercantils internacionals
Dret internacional privat
Obligacions i contractesClassificació : 341.5 DRET INTERNACIONAL PRIVAT Resum : Este trabajo analiza algunas cuestiones que plantea la aplicación de las leyes de policía en el ámbito del Derecho contractual de la UE. Por cuanto se refiere a las normas de este tipo de terceros Estados su aplicación resulta significativamente más compleja, en especial si analizamos su tratamiento en el Reglamento Roma I, mucho más restrictivo que su predecesor el Convenio de Roma de 1980. En este contexto la reciente sentencia del Tribunal de Justicia (Nikiforidis) resulta muy relevante, ya que abre la posibilidad a los Estados miembros para tomar en consideración normas de policía de terceros Estados como elemento fáctico en el marco de la lex contractus, sin sujetarla a las restricciones y condicionantes previstos en el art. 9.3. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/3870/2426 Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=7801
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 9, núm. 2 (2017) . - p. 174-193[article] Incidencia de las normas imperativas en los contratos internacionales: especial referencia a las normas de terceros estados desde una aproximación europea [document electrònic] / Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor . - 2017 . - p. 174-193.
Oeuvre : Europa. Reglamento sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) (593/2008)
Europa. Reglamento relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II) (864/2007)
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 9, núm. 2 (2017) . - p. 174-193
Matèries : Contractes mercantils internacionals
Dret internacional privat
Obligacions i contractesClassificació : 341.5 DRET INTERNACIONAL PRIVAT Resum : Este trabajo analiza algunas cuestiones que plantea la aplicación de las leyes de policía en el ámbito del Derecho contractual de la UE. Por cuanto se refiere a las normas de este tipo de terceros Estados su aplicación resulta significativamente más compleja, en especial si analizamos su tratamiento en el Reglamento Roma I, mucho más restrictivo que su predecesor el Convenio de Roma de 1980. En este contexto la reciente sentencia del Tribunal de Justicia (Nikiforidis) resulta muy relevante, ya que abre la posibilidad a los Estados miembros para tomar en consideración normas de policía de terceros Estados como elemento fáctico en el marco de la lex contractus, sin sujetarla a las restricciones y condicionantes previstos en el art. 9.3. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/3870/2426 Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=7801 Sustracción internacional de menores extracomunitaria: a vueltas con la obligación de restitución automática del Convenio de La Haya de 1980 en la práctica española / Clara Isabel Cordero Álvarez in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT), vol. 13, núm. 1 (2021)
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Títol : Sustracción internacional de menores extracomunitaria: a vueltas con la obligación de restitución automática del Convenio de La Haya de 1980 en la práctica española Tipus de document : document electrònic Autors : Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor Data de publicació : 2021 Idioma : Castellà (spa) Matèries : Dret penal internacional
Procediment penal:Mesures cautelars
Sostracció de menorsClassificació : 341.535 Substracció de menors Resum : Los supuestos de sustracción de menores que terminan conociéndose por la jurisdicción nacional, por ser España el país de destino o retención del menor, impone la adecuada interpretación de las obligaciones internacionales asumidas por nuestro Estado en este ámbito. El instrumento fundamental ante un caso de retención o traslado ilícito desde un país extracomunitario es el Convenio de la Haya de 1980. Este texto internacional obliga a los Estados contratantes a restituir de forma automática al menor que haya sido trasladado o retenido ilícitamente en su territorio si no ha transcurrido más de un año desde que se produjo la sustracción. Esta regla general cuenta con una excepción importante que permite la restitución aun pasado ese plazo, salvo que el menor se encuentre integrado en el nuevo Estado. El cómputo del plazo que rige la regla general plantea en la práctica distintas cuestiones interpretativas no uniformizadas para los Estados contratantes, lo que condiciona el resultado. La aplicación de las medidas -procesales- nacionales necesarias para llevar a cabo el proceso de restitución indicado en el Convenio, no deberían incidir per se en ese plazo para fundamentar resoluciones de denegación de la restitución, como parece que ocurre en la práctica jurisprudencial nacional bajo el paraguas del interés superior del menor, so peligro de contravenir los fines últimos del instrumento internacional. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/5955/4328 Format del recurs electrònic : Accés a l'article Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9873
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 13, núm. 1 (2021)[article] Sustracción internacional de menores extracomunitaria: a vueltas con la obligación de restitución automática del Convenio de La Haya de 1980 en la práctica española [document electrònic] / Clara Isabel Cordero Álvarez, Autor . - 2021.
Idioma : Castellà (spa)
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > vol. 13, núm. 1 (2021)
Matèries : Dret penal internacional
Procediment penal:Mesures cautelars
Sostracció de menorsClassificació : 341.535 Substracció de menors Resum : Los supuestos de sustracción de menores que terminan conociéndose por la jurisdicción nacional, por ser España el país de destino o retención del menor, impone la adecuada interpretación de las obligaciones internacionales asumidas por nuestro Estado en este ámbito. El instrumento fundamental ante un caso de retención o traslado ilícito desde un país extracomunitario es el Convenio de la Haya de 1980. Este texto internacional obliga a los Estados contratantes a restituir de forma automática al menor que haya sido trasladado o retenido ilícitamente en su territorio si no ha transcurrido más de un año desde que se produjo la sustracción. Esta regla general cuenta con una excepción importante que permite la restitución aun pasado ese plazo, salvo que el menor se encuentre integrado en el nuevo Estado. El cómputo del plazo que rige la regla general plantea en la práctica distintas cuestiones interpretativas no uniformizadas para los Estados contratantes, lo que condiciona el resultado. La aplicación de las medidas -procesales- nacionales necesarias para llevar a cabo el proceso de restitución indicado en el Convenio, no deberían incidir per se en ese plazo para fundamentar resoluciones de denegación de la restitución, como parece que ocurre en la práctica jurisprudencial nacional bajo el paraguas del interés superior del menor, so peligro de contravenir los fines últimos del instrumento internacional. Enllaç al recurs electrònic : https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/5955/4328 Format del recurs electrònic : Accés a l'article Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9873