[article] Títol : |
Segunda Oportunidad y COVID-19. Ajustes del acuerdo extrajudicial de pagos introducidos por la legislación de urgencia dictada en el marco del estado de alarma |
Tipus de document : |
document electrònic |
Autors : |
Carlos Fidalgo Gallardo, Autor |
Data de publicació : |
2020 |
títols uniformes : |
Espanya. Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social (25/2015) Espanya. RD-ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (16/2020) Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)
|
Nota general : |
Accés al document des de la Biblioteca |
Matèries : |
Procediment concursal:Concurs Procediment concursal:Concurs de persones físiques Procediment concursal:Deutors
|
Classificació : |
347.736 Dret concursal. Concurs de creditors |
Resum : |
La Segunda Oportunidad es la expresión que gráficamente denomina lo que más técnicamente es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (y el concurso de liquidación que sigue al intento frustrado de tal acuerdo), que desembocan si se cumplen los requisitos legales (señaladamente la buena fe del deudor insolvente), en el rompedor Beneficio de Exoneración de Pasivos Insatisfechos. Supuso la incorporación a España de herramientas similares a las existentes en otros países de nuestro entorno, que permiten a las personas físicas insolventes conseguir la plena exoneración de sus deudas, la reincorporación a la vida económica, y el emprendimiento si fuese el caso de nuevas iniciativas empresariales o laborales. La implantación de la Segunda Oportunidad en España ha sido, sin embargo, un relativo fracaso por diversas razones, de las cuales una de ellas es la muy deficiente técnica legislativa de la intrincada maraña de artículos de la LC que regulan el procedimiento de Segunda Oportunidad, y las propias carencias del régimen de la liberación de deudas, que establece determinadas limitaciones que impiden sin razón sólida el ágil acceso a la exoneración de pasivos a diversos grupos de personas (familiares avalistas, propietarios de viviendas habituales hipotecadas, autónomos con deudas con Hacienda y Seguridad Social y otros). Los ajustes incorporados al mecanismo de Segunda Oportunidad por la legislación de urgencia promulgada en el marco del estado de alarma han supuesto los primeros y muy bienvenidos cambios al mecanismo de Segunda Oportunidad desde que se introdujo en el ordenamiento español en 2015. El RD 463/2020 y sobre todo el RD-L 16/2020 han incorporado una serie de oportunos ajustes a esta especialidad concursal, que pueden suponer un prólogo a la esperada reforma en profundidad del procedimiento.
|
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9429 |
in Diario La Ley > núm. 9635 (19 de maig de 2020)
[article] Segunda Oportunidad y COVID-19. Ajustes del acuerdo extrajudicial de pagos introducidos por la legislación de urgencia dictada en el marco del estado de alarma [document electrònic] / Carlos Fidalgo Gallardo, Autor . - 2020. Oeuvre : Espanya. Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social (25/2015)Espanya. RD-ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (16/2020)Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)Accés al document des de la Biblioteca in Diario La Ley > núm. 9635 (19 de maig de 2020) Matèries : |
Procediment concursal:Concurs Procediment concursal:Concurs de persones físiques Procediment concursal:Deutors
|
Classificació : |
347.736 Dret concursal. Concurs de creditors |
Resum : |
La Segunda Oportunidad es la expresión que gráficamente denomina lo que más técnicamente es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (y el concurso de liquidación que sigue al intento frustrado de tal acuerdo), que desembocan si se cumplen los requisitos legales (señaladamente la buena fe del deudor insolvente), en el rompedor Beneficio de Exoneración de Pasivos Insatisfechos. Supuso la incorporación a España de herramientas similares a las existentes en otros países de nuestro entorno, que permiten a las personas físicas insolventes conseguir la plena exoneración de sus deudas, la reincorporación a la vida económica, y el emprendimiento si fuese el caso de nuevas iniciativas empresariales o laborales. La implantación de la Segunda Oportunidad en España ha sido, sin embargo, un relativo fracaso por diversas razones, de las cuales una de ellas es la muy deficiente técnica legislativa de la intrincada maraña de artículos de la LC que regulan el procedimiento de Segunda Oportunidad, y las propias carencias del régimen de la liberación de deudas, que establece determinadas limitaciones que impiden sin razón sólida el ágil acceso a la exoneración de pasivos a diversos grupos de personas (familiares avalistas, propietarios de viviendas habituales hipotecadas, autónomos con deudas con Hacienda y Seguridad Social y otros). Los ajustes incorporados al mecanismo de Segunda Oportunidad por la legislación de urgencia promulgada en el marco del estado de alarma han supuesto los primeros y muy bienvenidos cambios al mecanismo de Segunda Oportunidad desde que se introdujo en el ordenamiento español en 2015. El RD 463/2020 y sobre todo el RD-L 16/2020 han incorporado una serie de oportunos ajustes a esta especialidad concursal, que pueden suponer un prólogo a la esperada reforma en profundidad del procedimiento.
|
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=9429 |
| |