[article] Títol : |
Indemnización adicional por daños y perjuicios en despido sin causa y exigüidad de la indemnización legal tasada. Y sobre la aplicación directa del artículo 24 de la Carta Social Europea (revisada) y la orfandad del arbitrio judicial en la fijación de la indemnización adecuada por despido inválido |
Tipus de document : |
document electrònic |
Autors : |
María Emilia Casas Baamonde, Autor |
Data de publicació : |
2025 |
títols uniformes : |
Carta social europea (1961) Espanya. Real decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido del estatuto de los trabajadores (2/2015)
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Article a la pàgina : |
20 p. |
Matèries : |
Treballadors:Acomiadament Treballadors:Acomiadament:Compensacions
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Classificació : |
349.297 ACOMIADAMENT IMPROCEDENT |
Resum : |
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco se enfrenta a un despido sin causa alguna de un trabajador, que le ocasiona gravísimos perjuicios, pues para celebrar el contrato ilegalmente resuelto por el Ayuntamiento, aceptando su oferta, hubo de renunciar previamente a un anterior contrato indefinido, correspondiéndole, en cambio, una exigua indemnización legal tasada de 493,49 €, ya que el contrato extinguido apenas duró un mes. La sentencia fija una indemnización adicional de 30.000 € por los salarios del año mínimo de trabajo contratado y dejados de percibir por el trabajador por su despido injustificado (lucro cesante). La sentencia se sirve del control de convencionalidad para determinar la aplicabilidad directa en nuestro ordenamiento del artículo 24 de la Carta Social Europea (revisada) y del derecho que reconoce a los trabajadores despedidos sin razón válida "a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada", que no desplaza la aplicación del artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, pero obliga a completarla con esa indemnización adecuada o reparación apropiada, que, hasta que el precepto legal se reforme, han de fijar los órganos judiciales. En el caso, atendiendo al sentido interpretativo de la cláusula general sostenido por Comité Europeo de Derecho Sociales.
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Recursos electrònics addicionals : |
https://doi.org/10.55104/RJL_00550 |
Enllaç al recurs electrònic : |
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] |
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11575 |
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 5 (2024) . - 20 p.
[article] Indemnización adicional por daños y perjuicios en despido sin causa y exigüidad de la indemnización legal tasada. Y sobre la aplicación directa del artículo 24 de la Carta Social Europea (revisada) y la orfandad del arbitrio judicial en la fijación de la indemnización adecuada por despido inválido [document electrònic] / María Emilia Casas Baamonde, Autor . - 2025 . - 20 p. Oeuvre : Carta social europea (1961)Espanya. Real decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido del estatuto de los trabajadores (2/2015)in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 5 (2024) . - 20 p. Matèries : |
Treballadors:Acomiadament Treballadors:Acomiadament:Compensacions
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Classificació : |
349.297 ACOMIADAMENT IMPROCEDENT |
Resum : |
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco se enfrenta a un despido sin causa alguna de un trabajador, que le ocasiona gravísimos perjuicios, pues para celebrar el contrato ilegalmente resuelto por el Ayuntamiento, aceptando su oferta, hubo de renunciar previamente a un anterior contrato indefinido, correspondiéndole, en cambio, una exigua indemnización legal tasada de 493,49 €, ya que el contrato extinguido apenas duró un mes. La sentencia fija una indemnización adicional de 30.000 € por los salarios del año mínimo de trabajo contratado y dejados de percibir por el trabajador por su despido injustificado (lucro cesante). La sentencia se sirve del control de convencionalidad para determinar la aplicabilidad directa en nuestro ordenamiento del artículo 24 de la Carta Social Europea (revisada) y del derecho que reconoce a los trabajadores despedidos sin razón válida "a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada", que no desplaza la aplicación del artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, pero obliga a completarla con esa indemnización adecuada o reparación apropiada, que, hasta que el precepto legal se reforme, han de fijar los órganos judiciales. En el caso, atendiendo al sentido interpretativo de la cláusula general sostenido por Comité Europeo de Derecho Sociales.
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Recursos electrònics addicionals : |
https://doi.org/10.55104/RJL_00550 |
Enllaç al recurs electrònic : |
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] |
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11575 |
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