[article] Títol : |
La publicidad de l@s influencers |
Tipus de document : |
document electrònic |
Autors : |
Juliana Rodríguez Rodrigo, Autor |
Data de publicació : |
2023 |
Article a la pàgina : |
20 p. |
Matèries : |
Competència deslleial Publicitat Publicitat il·lícita
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Classificació : |
347.776 Competència deslleial |
Resum : |
Los estudios muestran que la publicidad encubierta es una práctica habitual llevada a cabo por l@s influencers. Esta conducta atenta contra l@s seguidores y contra l@s competidores/as del anunciante. En relación con l@s primer@s, porque no es clara acerca del carácter mercantil del mensaje del influencer y les puede hacer pensar que se encuentran ante una opinión personal de su líder. Respecto de l@s segund@s, porque, con ella, están haciendo que la marca compita de manera desleal con el resto de competidores en el mercado. Es importante, por tanto, identificar cuándo la publicidad que realizan l@s influencers es ilícita por ser encubierta. Son dos los elementos que deben concurrir para llegar a esta conclusión. En primer lugar, debe existir una finalidad comercial o mercantil, la cual, se puede com-probar por la existencia de una contraprestación. Y, en segundo lugar, este propósito promocional del influencer no aparece claro e inequívoco para el/la usuari@. En relación con esto último, el/la follower no puede deducir este carácter comercial ni del contenido del mensaje y de su ubicación y, por otro lado, el/la influencer no ha incorporado información necesaria para dar a conocer el mismo.
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Nota de contingut : |
[..]
I. Introducción; II. Normativa española reguladora de la publicidad; 1. Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual; 2. Ley 34/1988, General de Publicidad; 3. Ley 3/1991, de Competencia Desleal; 4. Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico; 5. Autorregulación: Código de conducta sobre el uso de influencers en la publicidad; III. Ámbito de aplicación de la normativa española; IV. Publicidad encubierta; 1. Carácter comercial, no claro y equívoco; A. Finalidad promocional o comercial; B. Elementos que transmiten el carácter co-mercial del mensaje; C. Información que aclare el carácter comercial; 2. Consumidor medio; V. Otros casos resueltos por el Jurado de AUTOCONTROL en el último año; VI. Conclusiones.
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Enllaç al recurs electrònic : |
https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/8080/6233 |
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11080 |
in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > Vol. 15, núm. 2 (2023) . - 20 p.
[article] La publicidad de l@s influencers [document electrònic] / Juliana Rodríguez Rodrigo, Autor . - 2023 . - 20 p. in Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT) > Vol. 15, núm. 2 (2023) . - 20 p. Matèries : |
Competència deslleial Publicitat Publicitat il·lícita
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Classificació : |
347.776 Competència deslleial |
Resum : |
Los estudios muestran que la publicidad encubierta es una práctica habitual llevada a cabo por l@s influencers. Esta conducta atenta contra l@s seguidores y contra l@s competidores/as del anunciante. En relación con l@s primer@s, porque no es clara acerca del carácter mercantil del mensaje del influencer y les puede hacer pensar que se encuentran ante una opinión personal de su líder. Respecto de l@s segund@s, porque, con ella, están haciendo que la marca compita de manera desleal con el resto de competidores en el mercado. Es importante, por tanto, identificar cuándo la publicidad que realizan l@s influencers es ilícita por ser encubierta. Son dos los elementos que deben concurrir para llegar a esta conclusión. En primer lugar, debe existir una finalidad comercial o mercantil, la cual, se puede com-probar por la existencia de una contraprestación. Y, en segundo lugar, este propósito promocional del influencer no aparece claro e inequívoco para el/la usuari@. En relación con esto último, el/la follower no puede deducir este carácter comercial ni del contenido del mensaje y de su ubicación y, por otro lado, el/la influencer no ha incorporado información necesaria para dar a conocer el mismo.
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Nota de contingut : |
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I. Introducción; II. Normativa española reguladora de la publicidad; 1. Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual; 2. Ley 34/1988, General de Publicidad; 3. Ley 3/1991, de Competencia Desleal; 4. Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico; 5. Autorregulación: Código de conducta sobre el uso de influencers en la publicidad; III. Ámbito de aplicación de la normativa española; IV. Publicidad encubierta; 1. Carácter comercial, no claro y equívoco; A. Finalidad promocional o comercial; B. Elementos que transmiten el carácter co-mercial del mensaje; C. Información que aclare el carácter comercial; 2. Consumidor medio; V. Otros casos resueltos por el Jurado de AUTOCONTROL en el último año; VI. Conclusiones.
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Enllaç al recurs electrònic : |
https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/8080/6233 |
Permalink : |
https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11080 |
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