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Autor María Areta Martínez |
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¿Cuál es el dies a quo para el devengo de los intereses procesales en la jurisdicción social? / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 7 (2023)
[article]
Títol : ¿Cuál es el dies a quo para el devengo de los intereses procesales en la jurisdicción social? Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2024 Article a la pàgina : 10 p. Matèries : Incapacitats laborals
Jurisdicció social
Liquidació d'interessos
Procediment del treballClassificació : 349.69 PROCEDIMENTS de SEGURETAT SOCIAL Resum : La STSJ de Madrid-SOC núm. 538/2023, siguiendo la doctrina de la Sala de lo Social del TS, dictamina que cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) resulta condenado al pago de una cantidad líquida (en este caso, una pensión de incapacidad permanente total), el día inicial (dies a quo) para el devengo de los intereses procesales ha de ser el de notificación de la sentencia que le condena y no la fecha de la propia sentencia. El caso invita a reflexionar sobre: 1) los autos recurribles en suplicación y 2) el periodo de devengo y la doble finalidad de los intereses procesales en la jurisdicción social. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-L-2 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11141
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 7 (2023) . - 10 p.[article] ¿Cuál es el dies a quo para el devengo de los intereses procesales en la jurisdicción social? [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2024 . - 10 p.
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 7 (2023) . - 10 p.
Matèries : Incapacitats laborals
Jurisdicció social
Liquidació d'interessos
Procediment del treballClassificació : 349.69 PROCEDIMENTS de SEGURETAT SOCIAL Resum : La STSJ de Madrid-SOC núm. 538/2023, siguiendo la doctrina de la Sala de lo Social del TS, dictamina que cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) resulta condenado al pago de una cantidad líquida (en este caso, una pensión de incapacidad permanente total), el día inicial (dies a quo) para el devengo de los intereses procesales ha de ser el de notificación de la sentencia que le condena y no la fecha de la propia sentencia. El caso invita a reflexionar sobre: 1) los autos recurribles en suplicación y 2) el periodo de devengo y la doble finalidad de los intereses procesales en la jurisdicción social. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-L-2 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11141 ¿La reducción de jornada por guarda legal lleva aparejada la disminución proporcional de los complementos salariales de turnicidad y de exceso de tiempo de relevo? / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 9 (2023)
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Títol : ¿La reducción de jornada por guarda legal lleva aparejada la disminución proporcional de los complementos salariales de turnicidad y de exceso de tiempo de relevo? Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2024 Article a la pàgina : 10 p. Matèries : Jornada de treball:Reducció
Treballadors:Llicències i permisosClassificació : 349.53 Temps de treball. Vacances. Permisos, etc. Resum : El artículo 37.6.párrafo 1º del ET dispone que la reducción de jornada por guarda legal lleva aparejada "la disminución proporcional del salario", pero ¿qué se entiende por "disminución proporcional del salario"?, ¿todos los conceptos que figuran en nómina aminoran su cuantía en la misma proporción que la jornada? La STSJ de Cantabria-SOC núm. 373/2023, de 19 de mayo, confirma que la trabajadora con reducción de jornada ha de percibir el 100 % de los complementos salariales de turnicidad y de exceso de tiempo de relevo; dicho de otro modo: la reducción de jornada por guarda legal no comporta la disminución de los referidos complementos salariales, cuya cuantía se mantiene íntegra. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-L-2 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11146
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 9 (2023) . - 10 p.[article] ¿La reducción de jornada por guarda legal lleva aparejada la disminución proporcional de los complementos salariales de turnicidad y de exceso de tiempo de relevo? [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2024 . - 10 p.
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 9 (2023) . - 10 p.
Matèries : Jornada de treball:Reducció
Treballadors:Llicències i permisosClassificació : 349.53 Temps de treball. Vacances. Permisos, etc. Resum : El artículo 37.6.párrafo 1º del ET dispone que la reducción de jornada por guarda legal lleva aparejada "la disminución proporcional del salario", pero ¿qué se entiende por "disminución proporcional del salario"?, ¿todos los conceptos que figuran en nómina aminoran su cuantía en la misma proporción que la jornada? La STSJ de Cantabria-SOC núm. 373/2023, de 19 de mayo, confirma que la trabajadora con reducción de jornada ha de percibir el 100 % de los complementos salariales de turnicidad y de exceso de tiempo de relevo; dicho de otro modo: la reducción de jornada por guarda legal no comporta la disminución de los referidos complementos salariales, cuya cuantía se mantiene íntegra. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-L-2 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=11146 ¿Los teletrabajadores de contact center tienen derecho al plus de transporte? / María Areta Martínez in Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 7 (2022)
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Títol : ¿Los teletrabajadores de contact center tienen derecho al plus de transporte? Tipus de document : document electrònic Autors : María Areta Martínez, Autor Data de publicació : 2022 Article a la pàgina : 10 p. Matèries : Convenis col·lectius de treball
SalarisClassificació : 349.51 Salari Resum : El plus de transporte que establece el artículo 51 del Convenio Colectivo estatal de contact center se abona al personal que, además de comenzar o finalizar su jornada laboral diaria entre las 24:00 h y las 6:00 h, se desplaza al centro de trabajo de la empresa para desempeñar su actividad laboral. La Sala de lo Social del TS declara que el personal de contact center que pasa de la modalidad de trabajo presencial a la modalidad de teletrabajo deja de percibir el plus en cuestión porque desaparece una de las condiciones que lo justifica, que es el desplazamiento al centro de trabajo para prestar servicios. Además, el plus de transporte tiene naturaleza extrasalarial porque su finalidad no es retribuir la penosidad de trabajar en horario nocturno, sino compensar los gastos adicionales de transporte en los que incurre el personal por el hecho de tener que ir al centro de trabajo o salir del mismo en horas nocturnas en las que el transporte público no funciona o lo hace con menos regularidad. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10542
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 7 (2022) . - 10 p.[article] ¿Los teletrabajadores de contact center tienen derecho al plus de transporte? [document electrònic] / María Areta Martínez, Autor . - 2022 . - 10 p.
in Revista de Jurisprudencia Laboral > núm. 7 (2022) . - 10 p.
Matèries : Convenis col·lectius de treball
SalarisClassificació : 349.51 Salari Resum : El plus de transporte que establece el artículo 51 del Convenio Colectivo estatal de contact center se abona al personal que, además de comenzar o finalizar su jornada laboral diaria entre las 24:00 h y las 6:00 h, se desplaza al centro de trabajo de la empresa para desempeñar su actividad laboral. La Sala de lo Social del TS declara que el personal de contact center que pasa de la modalidad de trabajo presencial a la modalidad de teletrabajo deja de percibir el plus en cuestión porque desaparece una de las condiciones que lo justifica, que es el desplazamiento al centro de trabajo para prestar servicios. Además, el plus de transporte tiene naturaleza extrasalarial porque su finalidad no es retribuir la penosidad de trabajar en horario nocturno, sino compensar los gastos adicionales de transporte en los que incurre el personal por el hecho de tener que ir al centro de trabajo o salir del mismo en horas nocturnas en las que el transporte público no funciona o lo hace con menos regularidad. Enllaç al recurs electrònic : https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-20 [...] Permalink : https://icater.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10542